Protección para las mujeres víctimas de violencia doméstica

Por el juez Roberto Bernardino Piccarreto

Periodista legal

«Un defensor de los derechos de la mujer»

www.piccarretolawfirm.com

Las mujeres inmigrantes, en particular las no ciudadanas, pueden ser vulnerables al abuso y la explotación por parte de sus cónyuges ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes de Estados Unidos.  Estas mujeres son susceptibles a enfrentar violencia doméstica, especialmente si su estatus migratorio depende de un cónyuge abusivo.

En general, conforme a la ley de inmigración de los EE. UU., Un ciudadano estadounidense o residente permanente puede solicitar una visa familiar a través de los servicios de inmigración para seres queridos específicos que cumplan ciertas condiciones, lo que finalmente lleva a una Tarjeta Verde y la ciudadanía estadounidense. Sin embargo, hasta que la familiar no ciudadana tenga un estatus legal de inmigración, puede ser deportada, no tiene permiso para trabajar legalmente, puede no ser elegible para alguna ayuda del gobierno, etc.

Muchas veces, el cónyuge abusivo utiliza el proceso de visa familiar con los servicios de inmigración para ejercer el control sobre la esposa indocumentada en una variedad de formas diferentes. Por ejemplo, algunos cónyuges abusivos pueden negarse a presentar la solicitud de visa de familia, otros pueden amenazar con retirar la solicitud o, lo que es peor, amenazar con llamar a inmigración para que deporten a la esposa. Por estas y otras razones, VAWA (Violence Against Women Act) se creó como un antídoto para las víctimas atrapadas en un ciclo de explotación ofensivo y evita tener que depender de sus cónyuges abusivos al iniciar o completar el proceso de inmigración para obtener un estado legal en los Estados Unidos.

VAWA es la «Ley de Violencia contra la Mujer». Es una pieza de la legislación originalmente promulgada en 1994 y modificada a lo largo de los años, para propósitos de inmigración seleccionados, y proporciona una forma de alivio para las esposas no ciudadanas que pueden ser víctimas de abuso doméstico en el entorno familiar.

Entonces, ¿cómo califica una esposa maltratada para VAWA? Primero, debe destacarse que la esposa abusada del ciudadano estadounidense o residente permanente legal de los Estados Unidos puede gestionar una «Auto-Petición» para obtener un estatus migratorio legal, sin la participación de su cónyuge abusivo. Ahora, para calificar para un VAWA en general, se debe demostrar que fue:

  1. Fue «golpeada» y/o sometida a una «crueldad extrema» por parte de su esposo ciudadano estadounidense o residente permanente. «Maltratado» o «crueldad extrema«, incluye:
  2. Abuso físico (golpes, escupir, ser pateado, relaciones sexuales forzadas)
  3. Abuso emocional (amenazas de deportación, crear codependencia financiera, controlar actividades y/o amistades}.
  1. Vivió con el abusador en algún momento.
  2. El matrimonio se celebró de «buena fe«.
  3. Además, la esposa maltratada debe demostrar que es una persona de buen carácter moral, lo que significa que no ha cometido delitos de inelegibilidad o inmigración.
  4. Debe haber permanecido en los Estados Unidos durante al menos 3 años.

La VAWA puede proporcionar beneficios significativos a las esposas no ciudadanas que son víctimas de abuso, especialmente la violencia doméstica. 

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